El Concejo Municipal de Paillaco aprobó una ordenanza que sanciona con altas multas a las personas que fomenten la creación de microbasurales, transportando desechos a vertederos clandestinos en sectores urbanos y rurales de la comuna. Esta normativa comenzará a regir oficialmente a contar del 1 de enero de 2017.
La encargada de la Oficina del Medio Ambiente, Macarena Ibarra, dio a conocer que esta ordenanza tiene como fin regular diversos ámbitos sobre la incorrecta disposición de residuos.
“Como Oficina del Medio Ambiente hemos trabajado por mucho tiempo en generar conciencia entre los vecinos y vecinas de los sectores urbanos y rurales de Paillaco, para evitar la proliferación de microbasurales. Debido a esto, nos basamos en la Ley N° 20.879 –que se promulgó en noviembre de 2015– que establece las condiciones mínimas de transporte de basura, desechos, escombros y/o residuos de cualquier tipo, sancionando a quienes no cumplan esta norma”, explicó.
La profesional añadió que desde el próximo 1 de enero, la Municipalidad de Paillaco será el único ente responsable de autorizar la descarga de los desechos antes mencionados y de su traslado hasta rellenos sanitarios y/o vertederos autorizados. Por lo tanto, cualquier persona que necesite transportar estos desechos, deberá solicitar autorización al municipio, a través de la Dirección de Obras Municipales y cancelar el valor del permiso, correspondiente al 5% de la UTM, aproximadamente $2.300.
“Esta nueva normativa establece que el municipio tiene un plazo de 72 horas hábiles para entregar la autorización solicitada por un particular. Además, es importante tener claro que se sancionará a las personas que encarguen, realicen y/o transporten residuos hacia sitios eriazos, depósitos clandestinos, entre otros, ya sea en vehículos motorizados o de tracción animal”, afirmó.
Con respecto a los escombros domiciliarios, la encargada de la Oficina del Medio Ambiente informó que deberán ser dispuestos en el Pozo de Lastre Municipal, previo pago de 4% de UTM –$1840 aproximadamente– en la Dirección de Obras Municipales.
Macarena Ibarra, agregó que las personas pueden denunciar estas malas prácticas, utilizando como medio de prueba fotografías o filmaciones, que acrediten la patente del vehículo involucrado en el ilícito, lo se podrá poner en conocimiento de la Dirección de Obras, Oficina del Medio Ambiente, Carabineros o Autoridad Sanitaria. Asimismo, aclaró que el transporte de elementos de reciclaje en vehículo particular no requiere autorización.
SANCIONES
Las multas para quienes fomenten la creación de microbasurales en sectores urbanos y rurales, ya sea, como persona que encarga o transporta los residuos de desecho hacia lugares no autorizados, pueden ir desde las 2 UTM ($92.000 aprox.) hasta las 100 UTM ($4.600.000 aprox.). El propietario del vehículo arriesga las mismas multas, aunque no haya participado en el acto, salvo que acredite que el vehículo fue tomado sin su autorización.
Adicionalmente, quien realice el depósito o traslado, conduciendo vehículos motorizados, arriesga una multa de entre 2 UTM ($92.000 aprox.) y 50 UTM ($2.300.000 aprox.) y la suspensión de la licencia de conducir e inhabilidad para poder tenerla hasta por dos años.
Esta ordenanza también sanciona con 0,2 UTM ($9.200 aprox.) a 1 UTM ($46.000 aprox.) a quienes transporten desechos en vehículos de tracción animal, arriesgando el retiro del carretón y de los aperos.
Finalmente, se multará con 20 UTM ($920.000 aprox.) a 150 UTM ($6.900.000 aprox.) a los responsables de encargar o realizar el transporte de desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos en cualquier tipo de vehículo.
Los detalles de esta información pueden ser revisados en el sitio web www.munipaillaco.cl, pinchando el banner “Decreto y Ordenanzas” y luego, “Ordenanza Microbasurales”.