Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de Paillaco

Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de Paillaco

 

  ELECCION 
  CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE PAILLACO
       
  SABADO 7 DE ENERO 2012
  DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS  BARROS ARANA 763 PAILLACO
  Juntas de Vecinos Rurales 11:00 a 14:00 hrs.
  Comunidades y Asociaciones Indígenas 11:00 a 14:00 hrs.
  Organizaciones de Interés Público 11:00 a 13:00 hrs.
  Juntas de Vecinos Urbanas 15:00 a 17:00 hrs.
  Organizaciones Funcionales 15:00 a 18:00 hrs.
  Organizaciones Sindicales 15:00 a 16:30 hrs.
       
       
       
CANDIDATOS/AS CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE PAILLACO
       
  ORGANIZACIÓN TERRITORIAL URBANA
  Nombre Organización Cargo
1 TERESA INES DOUGLAS OBANDO UNION COMUNAL DE JUNTAS DE VECINOS URBANAS PRESIDENTA
2 MARIA ERNA BURGOS OÑATE JUNTA DE VECINOS VILLA LOS EDILES PRESIDENTA
3 MONICA DEL CARMEN VILLA MELLA JUNTA DE VECINOS UNION Y PROGRESO DE PAILLACO SOCIA
4 DAVID ARON PINEDA VERGARA JUNTA DE VECINOS UNION Y PROGRESO DE PAILLACO SOCIO
  ORGANIZACIÓN TERRITORIAL RURAL
  Nombre Organización Cargo
5 XIMENA VERONICA SOTO ROSALES JUNTA DE VECINOS SECTOR LA PLATA PRESIDENTA
6 SAMUEL FERNANDO DIAZ LINCO JUNTA DE VECINOS ESTERO LA PLATA PRESIDENTE
7 IVAN FERNANDO ALMONACID PANGUILEF JUNTA DE VECINOS LUMA MAHUIDA PRESIDENTE
  ORGANIZACIÓN SINDICAL
  Nombre Organización Cargo
8 VERONICA DEL CARMEN CASTILLO HUENTRUTRIPAI SINDICATO INTERCOMUNAL TRABAJADORES INDEPENDIENTES COMERCIO AMBULANTE SOCIA
  ORGANIZACIÓN INTERES PUBLICO
  Nombre Organización Cargo
9 INGRID DEL PILAR CERDA CERDA CRUZ ROJA FILIAL REUMEN PRESIDENTA
10 LUIS HERNAN BENAVIDES RIQUELME  ROTARY CLUB PAILLACO PRESIDENTE
  ORGANIZACIÓN INDIGENA
  Nombre Organización Cargo
11 PEDRO ANTONIO CAÑULEF VARGAS COMUNIDAD INDIGENA EULALIA CAÑULEF SOCIO
12 JOSE PLACIDO ANTIÑIR PINDA ASOCIACION INDIGENA PAILLACO FUTA TRAGUN SOCIO
  ORGANIZACIÓN FUNCIONAL
  Nombre Organización Cargo
13 MARIA ELVECIA NAVARRO MARTINEZ CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS ESC. OLEGARIO MORALES PRESIDENTA
14 GLORIA INES ROZAS GONZALEZ AGRUPACION ARTESANAL DE PAILLACO SOCIA
15 ALEJANDRO ISAIAS ROBLES GUTIERREZ AGRUPACION SOCIAL Y CULTURAL ESPERANZA PAILLACO PRESIDENTE
16 BITERMA DEL CARMEN BARRIA CARRASCO CLUB ADULTO MAYOR FLOR SILVESTRE ITROPULLI SOCIA
17 JORGE ODILON VILLANUEVA ORMEÑO UNION COMUNAL DEL ADULTO MAYOR PAILLACO PRESIDENTE
18 MANUEL JESUS CAAMAÑO MARTINEZ CLUB DEPORTIVO JUVENTUD SAN CARLOS PRESIDENTE
19 FAVIOLA ALVAREZ ESPINOZA DAMAS COOPERADORAS DE LA 2DA. COMPAÑÍA DE BOMBEROS PRESIDENTA
20 ELSA EUDOMILIA OJEDA OJEDA COMITÉ DE SALUD COMUNAL DE PAILLACO SOCIA
21 ALEJANDRO ALBERTO CURINAO VARGAS CLUB DE ADULTO MAYOR NUEVA ESPERANZA EL LLOLLY PRESIDENTE

PDFOficio Organizaciones Funcionales

 

CREACION

Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de Paillaco

La Municipalidad de Paillaco invita a todos los dirigentes sociales de la comuna a participar de la creación delPrimer Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Paillaco, órgano que permitirá impulsar la participación de la comunidad local en el progreso  económico, social y cultural  de la comuna.

 

  1. ¿Quiénes integrarán el Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de Paillaco?

Las y los Consejeros electos por la comunidad, lo serán de acuerdo a la cantidad de miembros que se indican a continuación:

A             4  miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter territorial de la comuna, constituidas conforme a la Ley 19.418;

b)            9  miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter funcional permanente[1], establecidas en la Ley 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.    

c)            2  miembros que representarán a las organizaciones constituidas conforme a la Ley 19.253 sobre Protección, Fomento y Desarrollo Indígena.

El Consejo podrá integrarse adicionalmente por Consejeros que representen a otras organizaciones o entidades sin fines de lucro de la comuna de Paillaco, de acuerdo  la siguiente distribución:

II.            1 representante de las organizaciones sindicales de la comuna, y

III.          2 representantes de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.

 

  1. ¿Cuáles son las funciones de los Consejeros/as?

ARTÍCULO 41.- Al Consejo le corresponderá:

a)            Pronunciarse, en el mes de marzo de cada año, sobre:

i.             La cuenta pública que el Alcalde efectúe de su gestión anual y de la marcha general de la Municipalidad, según lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

ii.            La cobertura y eficiencia de los servicios municipales, y

iii.           Las materias que hayan sido establecidas por el Concejo Municipal;

b)            Formular observaciones a los informes que el Alcalde le presentará sobre los presupuestos de inversión, plan comunal de desarrollo y modificaciones al plan regulador, disponiendo para ello de quince días hábiles para estudiar la propuesta y consultar a las organizaciones de la sociedad civil a las cuales representan;

c)            Informar al Alcalde, de manera previa a la resolución pertinente del Concejo Municipal, su opinión acerca de las propuestas de asignación o modificación de la denominación de los bienes municipales y nacionales de uso público que se encuentran bajo la administración de la Municipalidad, como asimismo de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales del territorio comunal.

d)            Formular consultas al Alcalde respecto de materias sobre las cuales debe pronunciarse el Concejo Municipal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 65,79 letra b) y 82 letra a) de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

e)            Solicitar al Concejo Municipal pronunciarse, a más tardar el 31 de marzo de cada año, sobre las materias de relevancia local que deben ser consultadas a la comunidad por intermedio del Consejo, como asimismo la forma en que se efectuará dicha consulta informando de ello a la ciudadanía;

f)             Informar al Concejo Municipal cuando éste deba pronunciarse respecto de modificaciones al presente Reglamento;

g)     Peticionar, con el acuerdo de los dos tercios de sus integrantes en ejercicio, al Concejo Municipal, el someter a plebiscito, las materias de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal, a la aprobación o modificación del plan comunal de desarrollo, a la modificación del Plan regulador o a otras de interés para la comunidad local.

h)     Interponer recurso de reclamación en contra de las resoluciones u omisiones ilegales de la Municipalidad, según las normas contempladas en el artículo 141 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

i)       Recabar de las unidades municipales, por intermedio del Alcalde, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones, así como la concurrencia de los Directores Municipales a las sesiones del Consejo.

j)             Elegir, de entre sus miembros, a su Vicepresidente.

k)            Emitir su opinión sobre todas las materias que el Alcalde y el Concejo Municipal le sometan a su consideración.

 

  1. ¿Cuáles son los requisitos para ser candidato/a?
  2. Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señaladas en la Ley Nº 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias;
  3. Tener un año de afiliación a la organización que representa, en el momento de la elección;
  4. Ser chileno o extranjero avecindado en el país, y
  5. No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad quedará sin efecto una vez transcurrido el plazo contemplado en el artículo 105 del Código Penal.
  6. Ser representante legal o socio autorizado[2] de una organización vigente de las indicadas en el punto 1.
  7. Inscribir su candidatura en la Secretaría Municipal de Paillaco, presentando una Carta de Intención (ver Modelo de Carta de Intención).

 

  1. ¿Cuándo se realizará la elección?

La elección se realizará el 7 de enero de 2012 en el Departamento de Organizaciones Comunitarias de la Municipalidad de Paillaco ubicado en Barros Arana 763 de acuerdo al siguiente horario:

 

 

Tipo de Organización

Hora

Fecha

Juntas de Vecinos Rurales

11:00 a 14:00 hrs.

7 de enero de 2012

Comunidades y Asociaciones Indígenas

11:00 a 14:00 hrs.

Organizaciones de Interés Público

11:00 a 13:00 hrs.

Juntas de Vecinos Urbanas

15:00 a 17:00 hrs.

Organizaciones Funcionales

15:00 a 18:00 hrs.

Organizaciones Sindicales

15:00 a 16:30 hrs.

 

 

 

 

 

SE INVITA A TODOS LOS DIRIGENTES A PARTICIPAR DE LAS SIGUIENTES REUNIONES DE INFORMACION

 

 

Organización

Fecha reunión

Horario

Lugar

UNION COMUNAL DE ADULTOS MAYORES

Jueves 24 de noviembre

11:00 hrs.

Departamento de Organizaciones Comunitarias

ORGANIZACIONES MAPUCHE

Jueves 24 de noviembre

16:00 hrs.

Ruka Comunitaria

UNION COMUNAL JUNTAS DE VECINOS URBANAS

Jueves 24 de noviembre

19:00 hrs.

Departamento de Organizaciones Comunitarias

UNION COMUNAL JUNTAS DE VECINOS RURALES

Viernes 25 de noviembre

11:00 hrs.

Departamento de Organizaciones Comunitarias

ORGANIZACIONES FUNCIONALES

Miércoles 01 de diciembre

18:00 hrs.

Departamento de Organizaciones Comunitarias

Carta de Intención COSC

Calendario elección consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil

[1]Se entenderá por organizaciones funcionales permanentes aquellas organizaciones cuya creación obedezca a un interés permanente y de largo plazo, excluyendo aquellas que se crean con el objetivo de resolver una necesidad específica y que, por lo mismo, no se puede proyectar con posterioridad al cumplimiento de su finalidad, por ejemplo Comités de Pavimentación, Adelanto o Vivienda.

[2]Los socios deben presentar un certificado emitido por la Organización a la que pertenecen, indicando que se encuentran autorizados para presentar su candidatura.